Análisis del Plan de Alumbrado de 1847 por José María Rodríguez (3ª parte)

Otros resultados derivados del Plan se cumplieron mucho más rápidamente. En diez años se aprobaron todas las normas relativas al funcionamiento de la señalización marítima. Así, en 1849 se aprobó la Ley que estableció el Impuesto de Faros, también en 1849 se creó la Escuela Práctica de Faros para la  formación del personal. En 1851 se dictó el Reglamento para la Organización y Servicio de Torreros de Faros y en 1856 se aprobó la norma de funcionamiento de las Escuelas Prácticas de Faros. Finalmente, en 1857 se completó el cuadro organizando los Depósitos de Faros y dictando normas para el servicio de los faros situados dentro de plazas fuertes.

En la parte económica, la dotación inicial de 20 millones de reales en cuatro o cinco años contemplada en la memoria fue sobrepasada en mucho, aunque la dilatación de los plazos de ejecución diluyó el esfuerzo económico en los presupuestos estatales de casi veinte ejercicios anuales. El gasto total realizado en los nueve años del período 1848–1856, el más activo de la ejecución, ascendió prácticamente a 14 millones de reales –casi las tres cuartas partes de la previsión– lo que evidencia el desvío al alza sobre la previsión económica inicial y la dilatación de plazos. En este aspecto, también hay que considerar que el impuesto de faros ya generó ingresos prácticamente desde el principio, lo que suponía algún alivio a la necesidad de financiación. Sin embargo, más allá de las cantidades y plazos lo que parece adquirir cierto mérito es el esfuerzo económico realizado si se valora en el contexto de las características de la hacienda pública española durante el siglo XIX, estructuralmente insuficiente en ingresos y crónicamente endeudada.

Una incongruencia observable en el Plan respecto a los criterios administrativos al uso es el ámbito geográfico que comprende. El plan incluye las costas peninsulares, el archipiélago balear y las costas norteafricanas, excluyendo las Islas Canarias y las costas de Ultramar. La exclusión ultramarina está justificada puesto que el competente era el Ministerio de Ultramar; pero en el caso canario la razón se nos escapa –a no ser que las Canarias no fueran consideradas lo suficientemente adyacentes–. Así, fue necesario aprobar en 1857 un Plan General para las Islas Canarias. Este criterio y esta notable carencia se mantuvo en el tiempo puesto que no se incluyo tampoco al archipiélago canario en el Plan de Reformas de 1902, lo que ocasionó que las Islas Canarias dispusieran de otro Plan de Reformas específico en 1900 –paradójicamente anterior a la reforma general–  hasta que el Plan General de Obras Públicas de 1939 lo integró junto al resto de nuestras costas.

Se ha escrito que, a pesar de sus deficiencias, el sistema de señalización resultante del Plan de 1847 fue, durante el último cuarto del siglo XIX, el tercer mejor sistema de señalización marítima del mundo tras el británico y francés, tal circunstancia cobra mayor mérito si se considera que el Plan inició sus actuaciones sobre la nada, sin precedentes de ninguna clase y sobre una muy corta experiencia, en un entorno en el absolutamente todos los aspectos de la materia estaban por definir, establecer y regular.

Así pues, sirvan estas líneas como modesta evocación del Plan General de Alumbrado Marítimo de las Costas y Puertos de España e Islas Adyacentes, con el ánimo de contribuir a valorarlo en su contexto y realizar una reflexión acerca de la magnitud e importancia que realmente tuvo, como punto inicial de la política española de señalización marítima y cuyas realizaciones constituyen, aún hoy, la base de nuestro sistema.

Y, como no puede ser de otra manera, no podemos dejar de realizar un homenaje de admiración a las personas que en el ramo desarrollaron su actividad y contribuyeron a la ejecución del plan y a sus logros. Los sucesivos  integrantes de la Comisión de Faros; los ingenieros autores de los proyectos; quienes anónimamente los construyeron; quienes posteriormente los sirvieron y administraron; y, por supuesto, a los integrantes de todos los tiempos del Cuerpo de Torreros de Faros –y denominaciones sucesivas– a quienes, por su dedicación y abnegación profesional, se debe que la señalización marítima española cumpliera y continúe cumpliendo sus objetivos.

Muchas gracias, José María.